El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha calificado como ‘improcedente’ el despido de una empleada de Correos acusada de cometer varias irregularidades laborales, otorgándole una indemnización de 44.381,43 euros.
En 2021, un proceso disciplinario acusó a la trabajadora de faltas consideradas ‘graves’, como la retención indebida de documentos de identidad de clientes, irregularidades en transacciones monetarias a través de Western Union, y el incumplimiento en la prestación de servicios por los que los clientes habían pagado.
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Las acusaciones
Entre las acusaciones más relevantes se encontraba un desajuste de 300 euros en la contabilidad de la oficina de Torrevieja, donde la trabajadora desempeñaba funciones como operadora de atención al cliente. A pesar de que la discrepancia fue solventada al día siguiente, Bárbara denunció a un colega ante la Guardia Civil, alegando que había sustraído el dinero.
Además, Correos alegó que la trabajadora retuvo seis DNI de clientes sin gestionarlos para su devolución, y que utilizó documentos de identidad ajenos para realizar envíos de dinero a Kosovo mediante Western Union.
Se le imputaron otras irregularidades, como denuncias de clientes por servicios no realizados: una clienta afirmó pagar 54 euros por el envío de tarjetas navideñas que nunca llegaron, mientras que otro cliente registró la falta de pago de un recibo, a pesar de haber entregado 50 euros a la trabajadora.
La sentencia destaca que el proceso disciplinario de Correos no logró demostrar suficientemente las acusaciones contra la empleada
Decisiones del tribunal: ¿qué se admitió y qué no?
El tribunal reconoció la gravedad de las faltas asignadas, pero criticó que la «descripción genérica» de estas acusaciones limitó la capacidad de la trabajadora para defenderse adecuadamente, señalando que las pruebas aportadas eran insuficientes.
Las sanciones previas mencionadas por la empresa, consistentes en leves amonestaciones en 2016 y 2017, no se consideraron suficientes para justificar un despido disciplinario.
Rechazo de las alegaciones de acoso laboral
En su defensa, la trabajadora alegó ser víctima de acoso laboral y solicitó la nulidad del despido además de una indemnización adicional de 60.000 euros por daños morales. Sin embargo, el TSJCV desestimó esta petición por falta de pruebas.
El tribunal subrayó que para probar el acoso laboral, es necesario evidenciar comportamientos reiterados y prolongados que afecten la dignidad o integridad del trabajador, lo cual, según su análisis, no sucedió en este caso.
Aumento de la indemnización
El fallo revisó la antigüedad laboral de la empleada, reconociéndole vínculo laboral desde el 20 de enero de 2001, aunque su contrato fijo se formalizó en 2009. Esta decisión se apoyó en la doctrina de la unidad esencial del vínculo laboral, que considera continuos los periodos de trabajo interrumpidos por excedencias o permisos, como sucedió en el caso de Bárbara.
Este ajuste resultó en un aumento de la indemnización por despido improcedente, que originalmente había sido establecida en 25.180,70 euros por el Juzgado de lo Social Nº 2 de Elche. Con la corrección, se incrementó a 44.381,43 euros.
Imagen | Marcos Merino mediante IA
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