La Administración de El Salvador ha puesto en marcha la Ley Especial y Transitoria que concede Beneficios para el Cumplimiento Voluntario de Responsabilidades Tributarias y Aduaneras, conocida como Indulto Fiscal, para que aquellos contribuyentes que tengan deudas con las autoridades fiscales salvadoreñas puedan realizar el pago de sus impuestos sin sanciones ni intereses.Â
Este indulto se aplica tanto a individuos como a empresas. Todos aquellos contribuyentes que tengan declaraciones de impuestos o mercancÃas registradas en periodos fiscales anteriores cuya fecha o plazo para liquidar o presentar la declaración haya expirado el 30 de septiembre 2023 pueden acogerse a este Indulto Fiscal.Â
La fecha lÃmite establecida en el Indulto Fiscal para presentar las declaraciones es el 8 de diciembre de 2023 y los usuarios pueden acceder a un plan de hasta 9 cuotas mensuales, siendo la primera cuota del 10% al momento de emitirse la resolución de pago a plazos por parte de la Dirección General de TesorerÃa del Ministerio de Hacienda.Â
Ante la Dirección General de Impuestos Internos pueden acogerse a este indulto casos como: haber presentado una declaración pero no haberla pagado; haber presentado una o más declaraciones a cero incluso habiendo realizado operaciones; o haber liquidado pagos inferiores a los que corresponden, entre otros.Â
Ante la Dirección General de Aduanas pueden acogerse a este indulto casos como: haber presentado declaraciones de mercancÃas y no haber efectuado el pago de los derechos arancelarios; haber presentado la declaración de mercancÃas con un monto incorrecto; o que se encuentren en procesos de verificación inmediata o fiscalización iniciando antes o durante la vigencia de este decreto, entre otros.
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