Mayo de 2025 se perfilaba como el mes ideal para disfrutar de facturas de luz más bajas, gracias al aporte de la energÃa renovable en primavera. No obstante, el apagón del 28 de abril ha provocado un aumento en los costos para los consumidores, quienes han tenido que recurrir a mecanismos de emergencia y sistemas de refuerzo, costos que podrÃan haber sido más bajos.
En resumen. FACUA-Consumidores en Acción ha comunicado a las eléctricas del mercado libre que no pueden elevar sus tarifas por el apagón del 28 de abril si no está contemplado en el contrato, según un comunicado de prensa.
Un ejemplo especÃfico. La asociación critica a Gana EnergÃa, parte del grupo Repsol, por aplicar un recargo del 6% (equivalente a unos 73 euros anuales), justificándolo por un «aumento de costes técnicos del sistema» debido al refuerzo de la Red Eléctrica. Sin embargo, FACUA recuerda que estos servicios de ajuste no son parte de los costes regulados (como peajes y cargos) y no justifican un incremento en los precios de los contratos de mercado libre.
La normativa es clara. El Código Civil estipula que los contratos deben cumplirse según lo acordado y no se pueden modificar a discreción de una sola parte (ArtÃculos 1256 y 1258). Solo se permitirÃan excepciones si el contrato incluye explÃcitamente una cláusula que autorice tales incrementos por situaciones extraordinarias.
Desde la perspectiva eléctrica. AELEC, la asociación que engloba a Iberdrola, Endesa y EDP, está abogando por repartir o contener los sobrecostos del apagón, proponiendo trasladar estos gastos extraordinarios, resultantes de operar el sistema en «modo reforzado» para evitar nuevos apagones, a otros conceptos de la factura, como los cargos regulados, que también cubren los costes por renovables o extrapeninsulares, según informó CincoDÃas.
Más detalles. La patronal estima que el refuerzo de seguridad ha generado un sobrecoste de 200 millones de euros en un solo mes y exige una respuesta regulatoria extraordinaria para evitar que consumidores o comercializadoras absorban solos ese impacto. CincoDÃas señala que están explorando una solución «transitoria y excepcional» basada en los Procedimientos de Operación 8.2 y 14.4, previstos en el marco normativo actual.
¿Es legalmente viable? La cuestión crÃtica es el tipo de contrato que cada consumidor tiene. En los contratos del mercado libre, los precios son fijos durante un año y no se pueden alterar salvo que el contrato lo especifique claramente. Sin una cláusula habilitante especÃfica, el incremento serÃa ilegal y podrÃa considerarse una cláusula abusiva, incluso con preaviso. FACUA apoya esta posición basada en el Código Civil y el artÃculo 65 del Real Decreto Legislativo 1/2007 sobre defensa del consumidor, que estipula que los contratos deben beneficiarse al usuario y adherirse a la buena fe objetiva. Aunque la empresa argumente que el recargo está justificado, si no está documentado y en condiciones transparentes, no puede imponerse.
¿Qué se espera? Hasta ahora, ni Red Eléctrica ni el Ministerio para la Transición Ecológica han precisado la duración de la operación de seguridad reforzada, ni cómo se repartirán los costos. AELEC y otras asociaciones esperan que el regulador o el ministerio intervengan para rediseñar temporalmente la distribución de costos, con el objetivo de prevenir un impacto irreversible en el mercado de comercialización eléctrica y controlar el alza de precios.
Imagen | Seoane Prado
Xataka | Apagón en abril, factura más cara en mayo: asà ha afectado el refuerzo del sistema
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